SENTENCIA CONSEJO DE ESTADO
La Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló que la inexistencia o simulación de transacciones con proveedores, no se puede basar solo en la imposibilidad de ubicar a los proveedores, sino que además debe ser acreditada mediante la prueba de otros hechos a partir de los cuales, por inferencia lógica, esta se colija.