SENTENCIA CONSEJO DE ESTADO
La Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló que aplicar simultáneamente las sanciones contenidas en los artículos 647 y 647-1 del Estatuto Tributario, vulnera el principio de “non bis in ídem”.
La Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló que aplicar simultáneamente las sanciones contenidas en los artículos 647 y 647-1 del Estatuto Tributario, vulnera el principio de “non bis in ídem”.
La DIAN se pronunció sobre del método y la oportunidad para adelantar el cálculo del valor por concepto de impuestos descontables del impuesto sobre las ventas – IVA, tratándose de un contribuyente del Régimen SIMPLE de tributación.