CONCEPTO N° 1130 DE 2021 – DIAN
La DIAN señaló que no es posible fraccionar el descuento tributario contemplado en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario, ni aprovechar el exceso del mismo en los años gravables siguientes
La DIAN señaló que no es posible fraccionar el descuento tributario contemplado en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario, ni aprovechar el exceso del mismo en los años gravables siguientes
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, expidió la Resolución No. 000126 del 29 de octubre de 2021, “Por medio de la cual se imparten instrucciones para la aplicación del artículo 45 de la Ley 2155 de 2021.”