OBJETO
Establecer las medidas para garantizar la eliminación de las tarifas del Impuesto de Timbre sobre actuaciones que se cumplan ante funcionarios diplomáticos o consulares del país.
Por medio de la Ley 2152 del 25 de agosto de 2021, el Congreso de la República eliminó el Impuesto de Timbre recaudado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que recae sobre los trámites surtidos ante los consulados y embajadas de la República de Colombia, ubicadas por fuera del Territorio Nacional, derogando los artículos 525 y 550 del Estatuto Tributario Nacional.
La Ley dispone que la DIAN y el Ministerio de Relaciones Exteriores garantizarán dicha eliminación en los siguientes trámites y servicios consulares:
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- Pasaportes ordinarios.
- Certificaciones.
- Autenticaciones.
- Reconocimiento de firmas.
- Protocolización de escrituras públicas.
Asimismo, establece que se eliminará el gravamen que recae sobre el trámite de expedición de las visas, realizadas por los consulados y embajadas de la República de Colombia ubicadas por fuera del territorio nacional (Artículo 524 del Estatuto Tributario Nacional).