TEMA

Registro Contable. Cuentas en participación

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP, señaló que los estados financieros del socio gestor en un contrato de cuentas de participación, deberán contener el 100% de la información del contrato de colaboración empresarial y no solo su información. No obstante, indicó que debe evaluarse si los partícipes están frente a un contrato de operación conjunta, o si se trata de una operación con proveedores, pues si el contrato de cuentas en participación cumple con las características de los negocios o las operaciones conjuntas, en la presentación de los estados financieros se deberá reflejar la participación de cada uno de los partícipes en los ingresos, costos y gastos de la operación, así como su participación en los activos y pasivos.

Para complementar lo anterior, el CTCP se remitió al Concepto 2020-00352, en donde se refirió al registro contable de los partícipes en un contrato de cuentas en participación. En dicho Concepto el CTCP señaló lo siguiente:

Para determinar la forma adecuada de contabilización de los activos, pasivos, ingresos y gastos en la contabilidad de los partícipes, es de fundamental importancia que se revisen los términos del acuerdo y toda la información que esté disponible, ello permitirá a los responsables establecer si el acuerdo cumple las condiciones para ser clasificado como una operación conjunta o un negocio conjunto (entidad controlada conjuntamente). Al realizar la revisión se requiere que se evalúen los derechos y obligaciones, y que se contabilicen tales derechos y obligaciones tal como es requerido en las normas de información financiera aplicadas en Colombia (ver párrafo 2 y 5 de la NIIF 11 o párrafos 15.2 a 15.5 de la NIIF para las Pymes, del DUR 2420 de 2015 y sus modificatorios).

Seria valido el siguiente registro contable donde al final de cada corte mensual, en cada una de las cuentas de ingresos exista una subcuenta donde debite el porcentaje de participación de cada participe oculto y así mismo en cada cuenta de gasto, costo exista una subcuenta donde acredite la participación que le corresponda a cada participe no gestor. En ese mismo orden de ideas en cada una de las cuentas del activo dependiendo de su naturaleza si es debito que exista una subcuenta crédito para descontar lo correspondiente a los no gestores y con el pasivo y patrimonio de igual manera.

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