TEMA
Responsabilidad por la no preparación de los Estados Financieros de Liquidación
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP reiteró que los administradores o encargados del gobierno de la entidad, son los responsables de la preparación de los estados financieros. Por lo tanto, indicó que cuando la administración advierta que la entidad está inmersa en casual de disolución o en liquidación, estará obligada a preparar y a presentar los estados financieros de liquidación.
El CTCP Señaló que la no expedición de los estados financieros de liquidación por parte de los administradores, constituye un incumplimiento a sus deberes legales y puede generar responsabilidad. Además, indicó que en la preparación de los estados financieros de liquidación, los administradores deberán atender a lo señalado en el artículo 222 del Código de Comercio y la Ley 2069 de 2020, en concordancia con el MTN sobre NIIF.
Finalmente, indicó que en los casos en que un contador público asuma un encargo en virtud del cual se obliga a preparar y a presentar los estados financieros de liquidación de una entidad, el profesional deberá tener en cuenta las normas vigentes sobre la materia y los términos del acuerdo contractual que haya suscrito con su cliente.