Oficio No. 176 del 9 de febrero de 2023
La DIAN se ha pronunciado sobre el momento en que se debe expedir el documento soporte para operaciones con no obligados a facturar, en los casos en que se adquieren bienes o servicios con no residentes.
La DIAN se ha pronunciado sobre el momento en que se debe expedir el documento soporte para operaciones con no obligados a facturar, en los casos en que se adquieren bienes o servicios con no residentes.
Silencio Administrativo positivo por indebida notificación de la Resolución que resuelve el recurso de reconsideración en el término previsto para hacerlo.
Interpretación del artículo 30 de la ley 1393 de 2010, límite a la exclusión del IBC de pagos laborales no constitutivos de salario.
La Sección Cuarta del Consejo de Estado precisó en sentencia de segunda instancia que la finalidad del requisito de contradicción de la prueba trasladada establecido en el artículo 174 del CGP, se entiende cumplido dentro del procedimiento tributario con la respuesta al Requerimiento Especial que vincula al contribuyente y fundamenta las modificaciones propuestas en las pruebas trasladadas.
La Sección Cuarta del Consejo de Estado declaró nulo el aparte contenido en el parágrafo 2 del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016.
El pasado 13 de julio de 2022 entró en vigor el artículo 34 de la Resolución DIAN Nº 85, en virtud de la cual se reglamenta el artículo 616-1 del Estatuto Tributario.
La DIAN se ha pronunciado sobre el momento en que se debe expedir el documento soporte para operaciones con no obligados a facturar, en los casos en que se adquieren bienes o servicios con no residentes.
La Secretaría de Hacienda modificó el calendario tributario para el año gravable 2022 en lo que tiene que ver con el Impuesto Predial Unificado y el Impuesto de Vehículos Automotores
La Superintendencia de Sociedades aclaró que el titular de las acciones embargadas sigue conservando los derechos políticos que tiene frente a la sociedad, es decir, puede seguir deliberando en las Asambleas y votar en ellas
El CTCP aclaró que para determinar las tasas aplicables en la determinación del impuesto diferido que será reconocido en los estados financieros de la entidad, será necesario determinar cuáles activos se mantendrán para su uso y cuáles activos serán vendidos.