TEMA

Obligación de expedir factura de venta o documento equivalente. Procedencia del tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S.

FUENTES FORMALES

– Artículos 615, 616-1, 617 y 771-2 del Estatuto Tributario Decreto 1625 de 2016.

– Resolución DIAN No. 00042 de 2020 y sus modificaciones.

La DIAN recordó que si bien el documento equivalente a la factura de venta conocido como tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. está vigente y suple la obligación de facturar, debe tenerse presente que el mismo no es soporte de costos, deducciones e impuestos descontables. Por lo anterior, precisó que cuando el adquiriente de los bienes y servicios solicite la expedición de la factura electrónica de venta, el facturador tiene la obligación de expedirla y entregarla en el momento en que se realice la venta del bien o la prestación del servicio.

Adicionalmente, precisó que para que el documento equivalente del tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. sea plenamente valido, deberá cumplir con los requisitos dispuestos en el numeral 1 del artículo 13 de la Resolución DIAN No. 000042 de 2020.

ANTE CUALQUIER INQUIETUD NO DUDE EN CONTACTARNOS