TEMA

Sistema de facturación electrónica. Documento Soporte de pago de nómina electrónica.

FUENTES FORMALES

– Artículos 616-1 y 771-2 del Estatuto Tributario

– Resolución DIAN No. 000013 del 2021 y sus modificaciones.

En Concepto 1265 de 2021, la DIAN señaló que los sujetos obligados a generar y transmitir para validación el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica, pueden cumplir con dicha obligación a través de terceros, los cuales pueden ser proveedores de soluciones tecnológicas. Asimismo, indicó que de conformidad con el artículo 22 de la Resolución DIAN 13 de 2021, en estos casos el citado tercero deberá estar previamente habilitado por la DIAN.

Así, la DIAN determinó que la obligación de firmar digitalmente el documento soporte de pago de nómina electrónica podrá ser encomendada a un tercero mandatario, quien en virtud del mandato otorgado podrá firmar digitalmente en calidad de representante del sujeto obligado, dando cumplimiento a lo previsto en el numeral 12 del artículo 5 de la Resolución DIAN No. 13 de 2021.

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