TEMA
Impuesto de Industria y Comercio. Territorialidad. Actividad comercial. Contrato de mutuo.
En Concepto 37482 de 2021, la Dirección General de Apoyo Fiscal – DAF, resolvió la siguiente consulta:
¿En qué municipio se debe liquidar y pagar el impuesto de industria y comercio por concepto de los ingresos percibidos por intereses del servicio de préstamos?
Sobre el particular, la Dirección General de Apoyo Fiscal – DAF recordó que el impuesto de industria y comercio recae sobre la realización de actividades industriales, comerciales o de servicios, en la respectiva jurisdicción municipal o distrital. Indicó que en términos generales, el impuesto se causa a favor de cada municipio o distrito en donde se ejerza o realice la actividad gravada, y para liquidarlo, se debe aplicar la tarifa establecida para dicha actividad en el respectivo municipio, sobre los ingresos allí percibidos.
Ahora bien, en atención a la consulta, señaló que para las personas naturales y entidades diferentes al sector financiero, la actividad comercial por contratos de mutuo, causa el impuesto a favor del municipio donde el contribuyente la desarrolle o realice. Indicó que de acuerdo con las reglas específicas previstas para la actividad comercial, el impuesto se causará a favor del municipio en donde se encuentre el establecimiento de comercio, y, en ausencia de este, en el municipio donde se perfeccione cada contrato.