El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1495 del 19 de noviembre de 2021, por medio del cual se reglamenta la Devolución del Impuesto Sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros y se sustituye el Capítulo 23 del Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Dentro de las modificaciones que introduce el Decreto, se encuentran las siguientes:

Se amplía el monto máximo de Impuesto Sobre las Ventas -IVA a devolver a los turistas extranjeros, el cual pasa de cien (100) Unidades de Valor Tributario -UVT a doscientas (200) Unidades de Valor Tributario -UVT.  Esta medida tiene como finalidad incentivar el turismo de extranjeros en el país.

Adicionalmente, con el fin de cumplir con los postulados de eficiencia, celeridad y economía en el trámite de devolución del Impuesto Sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros, se establece que el trámite se puede realizar a través de empresas operadoras de pagos, con excepción de la resolución de reconocimiento y/o rechazo que estará a cargo de la ­ DIAN, lo que permitirá ampliar los puntos de atención a los solicitantes y disminuir los tiempos para el trámite de las solicitudes de devolución.

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